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Anulación de comprobantes electrónicos

Anulación de Facturas, Notas de crédito y retenciones en el portal del SRI.

Eduardo Raad avatar
Escrito por Eduardo Raad
Actualizado hace más de una semana

Para anular comprobantes (Facturas, Notas de crédito, Retenciones, Notas de débito o Liquidaciones de compra) debemos seguir los siguientes pasos en el portal web del Servicio de Rentas Internas (SRI).

Para que el SRI apruebe la anulación debes realizarla hasta el día siete (7) del mes siguiente a la fecha de emisión del comprobante. Si ya ha pasado este plazo, para el caso de las facturas debes hacerlo emitiendo una nota de crédito y sólo si la fecha de la factura no supera los 12 meses posterior a la fecha de emisión.

Recuerda que las notas de crédito no se pueden emitir a facturas emitidas a consumidor final.


2. Elegir lo siguiente: General - Facturación Electrónica - Producción - Anulación

3. Se presentarán las siguientes opciones:
Dar clic en ''Solicitud de anulación comprobantes''

4. Al escoger esa opción les aparecerá el siguiente formulario (llenar todos los campos):

*Para cargar toda esa información debe ir a su cuenta dátil e ingresar al comprobante dando clic en el nombre del cliente.


Nota:

  • Una vez terminado el proceso, deberán poder descargar el documento de solicitud de anulación en formato pdf.

  • Para el caso de comprobantes de retención, notas de crédito y notas de débito, deberán comunicarse con su cliente/proveedor dueño de este comprobante para notificarles que tienen que confirmar la anulación del mismo durante los próximos 5 días hábiles contados desde la fecha en que se presenta la solicitud de anulación para aceptar o rechazar dicha solicitud. Si no responde dentro de ese plazo, la solicitud queda sin efecto y el comprobante se mantiene vigente.

  • Las facturas no requiere confirmación del receptor para anularse.

  • Finalmente, si es una factura con control de inventario, luego de anularla las existencias se acreditarán de vuelta de forma automática.

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